REQUISITOS DE LA OPOSICIÓN
A INSPECTOR DE POLICÍA NACIONAL
Para ascender a Inspector de Policía Nacional en España, hay que superar una oposición y una preparación específica en la Academia de Ávila. En Ofipol te acompañamos de principio a fin en este proceso, pero toma nota de los requisitos para ser Inspector de Policía Nacional en España.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SER INSPECTOR DE POLICÍA NACIONAL DE 2025
Para poder acceder a la oposición de Inspector de Policía Nacional, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Estar en posesión del título universitario oficial de Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo , las cuales se darán por cumplidas mediante el certificado de la Universidad que acredite la superación de todos los créditos ECTS del Grado y el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título. Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional”. Para los que concurran a este proceso siendo policías, se les declara exentos de acreditar los requisitos de edad, nacionalidad, carné de conducir y las causas de exclusión.
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
- No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de la convocatoria.
- No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones salvo prescripción facultativa previa.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo opositar a ejecutiva con una diplomatura o con una ingeniería técnica? ¿Y si tengo una licenciatura universitaria?
Ya no es posible opositar a la Escala Ejecutiva con una diplomatura (tres años en carreras universitarias de cinco años curriculares) ni tampoco con las carreras técnicas (Arquitecturas, ingenierías, etc.). En el caso de estas últimas será imprescindible la realización de un ‘curso puente’ que permita la obtención del título superior. El requisito académico es claro: “es exigible el título universitario oficial de grado” o equivalente. Lo cual incluye cualquier titulación de ese rango, sea la actual titulación de grado universitario o titulaciones equivalentes de planes de estudios anteriores, como las licenciaturas. También se reconocerá el derecho a opositar a quien acredite la superación de todos los créditos ECTS del Grado y el abono de las tasas correspondientes a la expedición del título en cuestión.
¿Me vale cualquier grado universitario o tiene que ser en Derecho, Criminología o similares?
El requisito académico es claro: “es exigible el título universitario oficial de grado”, por lo que no hay ninguna titulación específica que se requiera, ni tampoco que se pondere por encima del resto. La única ventaja que van a tener los que han estudiado materias como esas es que, a priori, van a afrontar el estudio de un temario que les puede resultar algo más familiar que a los que estudiaron otras materias. Sin embargo, la experiencia dice, y la práctica se empeña en corroborarlo, que en la oposición no es determinante de dónde venga cada candidato, sino las horas de estudio que la dedica.
¿La edad es determinante? ¿A partir de qué edad no es aconsejable presentarse?
La edad dejó de ser un requisito de acceso a la oposición, por ser considerado discriminatorio, por lo que nadie puede ser excluido por ese motivo (obviamente siendo mayor de edad). Ahora bien, ¿es un hándicap en la práctica? Realmente, no. Y menos para el ingreso a Escala Ejecutiva. Tenemos la primera prueba para validar el estado físico de una persona. Y si un candidato supera esas pruebas, que no son sencillas, demuestra estar en condiciones de acceder al cuerpo. No hagamos caso de ‘leyendas urbanas’ (no compensa formar a un candidato de xx años, no es permeable al aprendizaje, no va a favorecer la convivencia con el resto…). Todo esto no es verdad. Profesionales de Ofipol con muchos años de experiencia en tribunales afirman, sin tapujos, que en ningún caso se ha excluido a un opositor por su edad, ni este criterio ha jugado en su contra.
Trabajo y resido en el extranjero. ¿Puedo presentarme a la oposición? ¿Y si nací fuera de España?
El lugar de nacimiento o de residencia no son trascendentes, siempre que cumplas con todos los requisitos exigidos por la convocatoria, en particular el de ostentar la nacionalidad española. Con que puedas presentarte a la realización de las pruebas, será suficiente.